Presento algunas reflexiones en torno a la experiencia vivida en cercanía con grupos indígenas, en búsqueda de la impartición de justicia. No se trata de un escrito que cubra todas las áreas del derecho, ni siquiera se puede esperar de él la precisión jur ídica en todos sus términos. Simplemente es el compartir una experiencia desde el punto de vista de un ciudadano que ha acompañado a un grupo de indígenas en sus correrías por los laberintos de las oficinas agrarias y judiciales, y que desde ahí está aten to a lo que pasa a nivel nacional. Un ciudadano común y corriente espera que, en cuestiones de impartición de justicia, esta sea imparcial, verdadera, justa y asequible. Sin embargo la justicia en México tiene sesgos muy marcados de las características contrarias: es parcial, falsa, injust a e inasequible.
Un juez puede tener criterios distintos en sus sentencias en lapsos sumamente breves. En dos casos muy similares de homicidio, en circunstancias muy parecidas se dan sentencias contrarias, aplicando criterios contrarios. Un ejemplo de esto es el caso de u n mestizo de Palo Bendito acusado de homicidio, en el que el juez da sentencia absolutoria: como base de su sentencia absolutoria argumenta que sólo hubo un testigo, lo cual no hace prueba plena de culpabilidad. En el juicio de un indígena otomí de Ayotux tla2 también acusado de homicidio y en el que no hubo ningún testigo, el criterio del juez cambia y condena a privación de la libertad por 10 años; su argumentación es que, aunque no hubo ningún testigo, h ay suficientes indicios para imputar la culpabilidad. ¿Qué factor puede explicar el cambio de criterio de este juez? ¿Por qué en un caso los indicios y un testigo no prueban la culpabilidad y en otro sólo los indicios sin ningún testigo si la prueban? Sól o la palanca o el dinero explican la veleidad del criterio del juez: en cualquier caso la corrupción.
Probar la corrupción es lo más difícil. Casi la única forma que hay para conseguir pruebas de corrupción, es participar en ese delito para tener todos los pelos en la mano. Pero obviamente el que se atreva a hacerlo será acusado de cohecho y, probablement e, condenado. Así les sucedió a los investigadores universitarios que quisieron probarle al Dr. Carpizo la vulnerabilidad del padrón electoral por la vía de consumar la doble credencialización. Sin embargo, uno puede juntar los indicios suficientes para presumir fundadamente la corrupción de un juez, y denunciarlos ante el Procurador de Justicia y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado. Ahí está el memorándum enviado por el C omité de Derechos Humanos Sierra Norte de Veracruz al Lic. Patiño, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz3. La denuncia contenida en el memorándum no fue atendida. El resultado fue sostener al juez Crisóforo del Ángel Aquino en su puesto en Huayacocotla, más de lo que han durado los jueces anteriores, y desde entonces todos los casos presentados por el comité de derechos humanos son causas perdidas en ese juzgado. Pero la causa más grave de parcialidad de la justicia, es la discrecionalidad con que el ejecutivo dispone de todos los aparatos del sistema judicial. Por oficio tiene el control del Procurador de Justicia y consecuentemente del ministerio público que con stituye la representación social. También dependen de él los tribunales agrarios y del trabajo, y todas las procuradurías. Y, a pesar de la autonomía constitucional de los tribunales de justicia, todos sabemos de la inexistencia real de esta autonomía. Qu ede como prueba de mi dicho la prensa escrita del mes de marzo de 1995, en que se narra el modo, por lo demás vergonzoso, como fueron elegidos por el Senado de la República los nuevos Magistrados de la Suprema Corte de Justicia.
La discrecionalidad en la impartición de justicia es un modo de ejercer el poder político. El control que ejerce el titular del ejecutivo sobre la sociedad civil, a través de la discrecionalidad en la aplicación de la ley, tiene un contenido político elec toral muy fuerte. Ésta fue, y sigue siendo, la fuerza del corporativismo electorero del partido del gobierno.
Quizá el ejemplo más claro y redituable para el partido oficial, del uso discrecional en la aplicación de la ley, han sido los trámites agrarios. El acceso a los beneficios que daba el ahora derogado artículo 27 constitucional a los campesinos, estaba fil trado por la pertenencia o no a la Confederación Nacional Campesina (CNC). Es cierto que algunas organizaciones independientes, como la Coordinadora Nacional Plan de Ayala (CNPA), abrieron espacios de negociación sobre algunos asuntos agrarios; pero norma lmente sus aparatos de gestión sólo lograban lentos resultados a base de movilizaciones y de negociación política; los logros de sus gestiones quedaban más como una concesión del estado, que como el ejercicio de un derecho ciudadano de acceso a la justici a. La CNC tuvo la exclusiva de ser atendida por la Secretaría de la Reforma Agraria; esto garantizaba la corporación del sector campesino y en consecuencia el voto por el partido oficial en un amplio sector, que por lo demás era el ideal para manipular el volumen de votación necesario para garantizar triunfos. Baste ver la votación de Chiapas en las elecciones presidenciales del 6 de julio de 1988.
No sólo en el aspecto agrario se ha dado esta discrecionalidad en la aplicación de la ley. En aspectos penales también hemos podido constatar este privilegio concedido a la CNC. Así, en las denuncias por invasión de tierras, presentadas por los indígenas otomís de los Bienes Comunales de Amaxac en contra de los caciques mestizos apoyados incondicionalmente por la CNC, nos hemos encontrado que a una señal de arriba, el mismo procurador de justicia del estado se desiste de las acciones penales, aun en casos en que el inculpado se ha confesado culpable4.
La discrecionalidad con que el poder político aplica la ley, hace que la verdad jurídica dependa casi exclusivamente de la verdad política. Y la verdad política se ajusta únicamente a los intereses coyunturales del poder. La verdad política no tiene un pa radigma objetivo contra el cual checarse: lo que hoy es verdad, mañana puede no serlo, y lo que hoy no se puede decir ni en voz baja, mañana puede ser pregonado en todos los foros. Así, pertenecer a la clase política dominante era sinónimo de ser salinist a, y en cuestión de días la misma clase política se autodefine como antisalinista. La verdad queda determinada por la conveniencia oportuna del momento político y la participación en la esfera del poder.
Desde aquí se pueden entender los dichos de los políticos, que desde la ética de cualquier ciudadano medianamente honesto, parecen alardes de cinismo y falsedades a todas luces. Tal vez la frase más socorrida por los políticos de cierto nivel es: "todo se resolverá conforme a derecho". ¿Qué quieren decir con esa frase? Si se la dicen a alguien de la oposición puede sonar como una amenaza; pero si se la dicen a alguna corporación del partido oficial, significa que, sin importar de que se trate el asunto, ellos tienen la razón. La discrecionalidad en la impartición de la justicia implica necesariamente ajustar la verdad a los intereses del poder. Los intereses políticos van generando su verdad a base de expedientes falsos en contra de aquellas personas que el sistema ve como peligrosas; expedientes secretos y acumulativos, normalmente compartidos por instituciones que conforman un grupo de poder d entro de la clase gobernante. Las víctimas normalmente no tienen acceso a esta información hasta que se les involucra formalmente en un proceso judicial. En raras ocasiones hay filtraciones que permean esta información. La reciente publicación de la infor mación interna de los cuerpos de seguridad, que apareció en la revista Proceso, es una de esas excepciones en que se filtra este tipo de documentos.5
Un ejemplo. En un informe reciente del Centro Coordinador del Instituto Nacional Indigenista con sede en Huayacocotla, se afirma: "En las comunidades de la sierra de Huayacocotla, como en el resto de la sociedad, se dan las confrontaciones ideológicas tan to al interior de las comunidades, o entre ellas.... No habría que olvidar que detrás de esos conflictos mantienen una fuerte presencia, asociaciones políticas disfrazadas de defensorías de derechos humanos y asociaciones religiosas, ambas con objetivos p olíticos bien claros: aprovechar para sus fines el botín que representa la pobreza".6 Obviamente una acusación contra los comités de derechos humanos Xochiltepetl y de la Sierra Norte de Veracruz, así como contra la parroquia y los jesuitas.
El párrafo es burdo y contradictorio, pues la pobreza no es botín. Si en la zona los centros de derechos humanos y asociaciones religiosas son responsables de las contradicciones en la zona, ¿a quién le echa la culpa el autor de estos párrafos, de las con tradicciones que se dan en "el resto de la sociedad"? Sin embargo, la relevancia de su dicho es que hace eco a las palabras con que el Secretario de Gobierno del Estado de Veracruz trata de explicar la violencia en la Huasteca. En conferencia privada con miembros de Antorcha Campesina afirma: "Frente al problema de violencia, nuestra posición es muy clara, también se está actuando y se seguirá actuando frente a una banda de asesinos que ha venido generando una serie de problemas en esa zona, que ha asesin ado a 13 personas en un lapso de 8 meses en esa región; que ha tratado de generar un conflicto entre veracruzanos y entre campesinos hidalguenses, y que se ha venido escudando efectivamente, como aquí se decía, en algunos reclamos de carácter agrario y d e carácter social; que se han venido escudando también en la protección de algunas comisiones de derechos humanos que no lo son, que son tan delincuentes como ellos. Con toda claridad y toda precisión lo digo porque se dedican a darle protección a delincu entes"7
Y meses antes, en agosto de 1994, el periódico El Financiero publicaba una filtración de un documento del ejército mexicano, en que se pone bajo sospecha la actividad de las mismas personas por incitar a la violencia a los indígenas de la sierra norte de Veracruz.8 La falsedad de las acusaciones ha quedado manifiesta, puesto que nunca se ha procedido judicialmente contra estos grupos y gracias a la publicación hecha por el Financiero se pudo aclarar personalmente esta acusación con el Secretario de la Defensa y acep tar sus disculpas; pero es claro que el expediente se va engrosando, haciendo de la falsedad la verdad política conveniente en el momento oportuno.
A una semana de una nueva masacre de nueve campesinos en el municipio de Atoyac en el mismo estado de Guerrero, el fiscal especial, Varela Vidales, cierra el caso de Aguas Blancas y exonera de culpa a los funcionarios señalados como presuntos responsables en la recomendación girada al gobierno de Guerrero por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en relación a los hechos del 28 de junio del año pasado. El video de esta masacre, presentado por Ricardo Rocha en la televisión, reabrió el caso del municip io de Coyuca de Benítez en la conciencia de la ciudadanía, y esta ciudadanía ha dado su fallo definitivo en contra de los gobernantes del estado de Guerrero, y sus protectores en la federación. Hoy se levanta un grito en contra de la Impunidad. Sobre la sociedad pesan asesinados ilustres: el cardenal de Guadalajara, el candidato del PRI a la presidencia de la República, el secretario general del PRI, el juez Polo Uscanga... Pero pesan aún más lo s cientos de asesinados de militantes del PRD y los miles de agravios en contra de indígenas y campesinos que son juzgados por esta justicia. Así, la prensa de estos días regresa nuevamente al tema de la impunidad: "Esperanza contra la impunidad"9, "El Silencio de los Inocentes"10 "Justicia: ¿promesas de campaña incumplidas?"11, "La Manipulación"12, "Impunidad es la Palabra"13, "El Conflicto Hoy"14.
La impunidad no es exclusiva de los grandes personajes; es derecho gozado de cualquier protegido que se presente con una charola de la CNC, del diputado, de la CTM, o del abogado corrupto que sepa a quién y cuánto.
La justicia injusta la sufre la otra parte: la de los que no han vendido su conciencia al corporativismo, a la palanca o a la corrupción. Testigos de ello son los indígenas nahuas del municipio de Benito Juárez, en la Huasteca veracruzana quienes el 29 de mayo del año pasado fueron agredidos en seis de sus comunidades por mil quinientos elementos de la policía estatal, sus pertenencias fueron robadas, sus casas medio destrozadas. Obviamente, no pertenecen a la CNC. No hay ante quién denunciar, no son de C hiapas, ni hubo muertos como en Aguas Blancas o en Atoyac, por lo que no puede ocupar grandes espacios en la prensa nacional.
Los indígenas otomís del municipio de Texcatepec en el mismo estado, también son testigos de la justicia injusta; han vivido por años los frutos de la impunidad que gozan los caciques protegidos por la Liga de Comunidades Agrarias, la CNC del estado de Ve racruz. No me remonto a la historia de los Bienes Comunales de Amaxac, documentada ampliamente en la revista Ojarasca15, ni voy a relatar la historia de Luis Mendoza y los más de 30 asesinatos que se le imputan; ni el rezago de 57 años en la ejecución de la resolución presidencial de estos bienes comunales; ni el amparo en contra de dicha ejecución: lucha activa de la CNC en contra de los indígenas; ni la presumible corrupción del juez de Tuxpan; tampoco de la jugosa indemnización que el gobierno del estado de Veracruz dio a los caciques que tenían invadidas las tierras de los indígenas, solución supralegal (traducción oficial de aplicación discrecional de la ley), como nos dijera el entonces Subsecretar io de Gobierno del estado de Veracruz, Salvador Mikel. Sólo presentaré como ejemplo de justicia injusta, las denuncias que interpusieron los indígenas otomís de los Bienes Comunales de Amaxac en contra de los caciques que, aun hoy día, los amenazan de mue rte, les invaden sus tierras, les tiran sus cercas de alambres de púas y les matan a sus becerros y potros recién nacidos. Después de la solemne restitución de 1200 hectáreas de tierras a los indígenas otomís que celebró el gobernador Patricio Chirinos el 13 de abril de 1994, quedó, en el interior del territorio de los Bienes Comunales de Amaxac, un grupo de mestizos que aún seguían acaparando tierras de los indígenas sin ningún derecho agrario. Este grupo de invasores no habían entrado al convenio supralegal de indemnización negociado entre el líder estatal de la CNC, Roberto Alvarez Salgado como representante de los cacique s y Salvador Mikel16 como representante del gobierno del Estado. Esta situación incomodó mucho a los pequeños caciquillos que se sentían desamparados. Comenzaron a crear una tensión muy fuerte en la comu nidad: por las noches, embozados, rondaban las casas de las autoridades indígenas; impedían los trabajos agrarios que realizaban los ingenieros de Reforma Agraria; amenazaban con armas exclusivas del ejército.
El Subsecretario del Gobierno de Veracruz obligó a las autoridades comunales a que le reconocieran derechos agrarios a este grupo de agresores; a cambio, ellos reducirían sus posesiones a 34 hectáreas. La propuesta llevaba ya el germen de la aplicación di screcional de la ley, ya que a los indígenas sólo les podrían tocar 10 hectáreas de tierra en el caso de que se les restituyera todo su territorio. El 11 de mayo de 1994 a las tres de la mañana y después de un día de discusiones, las autoridades indígenas de los Bienes Comunales de Amaxac decidieron firmar el convenio desventajoso para la comunidad. El argumento (amenaza) que definió la decisión, fue una frase lapidaria que el Ing. Quiñones, delegado de la Reforma Agraria, espetó al Presidente del Comisar iado: "Herculano, si no firmas te vamos a hacer responsable de la violencia en Amaxac".
Los indígenas firmaron y cumplieron. El 23 de julio, en asamblea de todos los comuneros le dieron los derechos agrarios a este grupo. La respuesta de los caciques fue el homicidio de Domingo Santiago Cristóbal, joven otomí de apenas quince años de edad qu ién fue asesinado de un escopetazo en la cara a escasos cinco metros de distancia, el mismo día de la asamblea. Días después las mismas personas comenzaron a invadir los predios de los indígenas. El nuevo Subsecretario de Gobierno, Juan Maldonado Pereda 17, intervino varias veces, con reuniones en Xalapa y en Amaxac, y en una de ellas fue amenazado por Gaspar Gómez quien con tono insolente le dijo que ellos "no devolverían la tierra y que llegarían hasta las últimas consecuencias". De una manera tajante le contestó Maldonado: "No puede haber alguien más fuerte que el gobierno; si lo hubiera, le dejaríamos el lugar", y dirigiéndose al Subprocurador de justicia, le pidió que actuara para resolver los proble mas de amenazas e invasiones por la vía judicial.
En noviembre de 1994 se habían instaurado catorce averiguaciones previas por invasión, despojo, daños en propiedad ajena, amenazas, portación de armas exclusivas del ejército. En abril de 1995 el juez de Huayacocotla dictó orden de aprehensión en contra d e tres personas. En ese mismo mes cambiaron de juez en el juzgado de Huayacocotla y el nuevo juez negó las ordenes de aprehensión en contra de las demás personas, y dio auto de libertad a los ya consignados. El caso más llamativo de estos autos de liberta d es el de Gaspar Gómez quién tenía dos averiguaciones previas y en ambas confesó: una por despojo y daño en propiedad ajena, y otra por amenazas de muerte en contra de un miembro del Comité de Derechos Humanos Sierra Norte de Veracruz y portación de arma s exclusivas del ejército18. El ministerio público apeló a los autos de libertad dictados por el juez. Inexplicablemente el propio Procurador de Justicia del Estado de Veracruz se desistió de las apelaci ones presentadas por el ministerio público ante el Tribunal Superior de Justicia.19
En una entrevista que se tuvo con el Gobernador de Veracruz el día 4 de octubre de 1995 se le expusó la situación de los indígenas otomís de Amaxac, que es de absoluta indefensión. La impunidad ha sentado sus reales en la sierra norte del estado. Se le pr esentó un resumen de los memorándums en que se le ha informado personalmente de esta situación y de los sucesivos fracasos de las políticas implementadas por gobierno del estado.
No se indemnizó a todos los acaparadores, la CNC manejó mal la información y la subsecretaría marginó de esta decisión a los indígenas.
Para remediar el error anterior, la subsecretaría obligó a los indígenas y acaparadores que quedaron, a firmar un convenio en el que los acaparadores reducirían sus posesiones, y los indígenas les otorgarían derechos agrarios.
El asesinato del joven Domingo Santiago Cristóbal sigue sin investigarse. Los presuntos responsables que señalan ahora, no habían aparecido anteriormente y son personas de otra región, cuya organización no ha tenido ningún tipo de presencia en la zona de la sierra. La subsecretaría tuvo seguimiento del asunto hasta que los indígenas dieron el reconocimiento legal de los derechos agrarios a los acaparadores; pero en ningún momento dio seguimiento al regreso de las tierras que estaban comprometidas en el convenio.
Esta actitud por parte del gobierno animó a otros mestizos a invadir tierras que habían sido restituidas a los indígenas otomís, y que habían sido asignadas en lo individual por autoridad de la Asamblea general.
La subsecretaría señaló que el camino era el de levantar denuncias penales en contra de los que invadían tierras.
Las denuncias penales interpuestas en noviembre de 1994, fueron consignadas por el ministerio público en abril; en mayo el juez dejó libres a los denunciados; se apeló a esta sentencia, y en agosto el Procurador de Justicia del estado se desistió de la a cción penal en contra de los invasores de tierra.
El convenio del 11 de mayo de 1994, firmado por las autoridades comunales, los acaparadores de tierra, por el Procurador Agrario , delegado de la Reforma Agraria, delegado del Registro Agrario Nacional, Subsecretario de Gobierno, y registrado ante el Regi stro Agrario Nacional, no tiene validez para el juez de Huayacocotla.
Tampoco han procedido las denuncias penales por amenazas de muerte, portación de armas, destrucción de cercas, robo de alambre y asesinato de ganado.
Se le preguntó:
El Gobernador dijo que a él varias veces le habían informado que ya estaba resuelto el asunto; pero que ahora se lo encargaría al Secretario de Gobierno, Lic. Miguel Ángel Yunes, para que lo atendiera de una manera definitiva. 20
Otra vez negociaciones en Palacio de Gobierno; pero ahora el Sr. Gobernador ya no envió a las autoridades indígenas a la Subsecretaría, sino a la Secretaría de Gobierno. No es fácil exponer todos los antecedentes que expliquen la situación actual. El Secr etario de Gobierno le delegó el problema al Dr. Barquet, Coordinador de la Secretaría de Gobierno del Estado de Veracruz. Barquet llegó a Amaxac en helicóptero, acompañado por el representante de la CNC los días 16 y 17 de noviembre; ni a las autoridades indígenas, ni al comité de derechos humanos se le avisó de la fecha de la visita. Platicó largo con los invasores de tierras, poco con las autoridades indígenas. No se logró mucho, una nueva cita en Xalapa para el 21 de ese mismo mes. La cita en Xalapa f ue una burla para las autoridades indígenas: dos días de sala de espera en las oficinas de la Secretaría de Gobierno para finalmente firmar un documento totalmente inútil que nunca fue convenido con las autoridades comunales. Sin embargo, los invasores de tierras, los que tiran cercas y asesinan becerros, los que amenazan de muerte a los compañeros otomís, salieran con los bolsillos llenos de billetes, gracias a un nuevo arreglo supralegal: el gobierno indemnizaba a los caciquillos, protegidos por la CNC, por las tierras no regresadas y las invadidas. Se quedó formalmente que el cinco de diciembre de 1995, el Dr. Barquet iría a Amaxac para cerciorarse de que las tierras habían sido regresadas a los indígenas. Es fecha que ni se regresan todas las tierras, ni el Dr. Barquet ha ido a supervisar el convenio que firmaron caciques y gobierno a espaldas de las autoridades indígenas de los Bienes Comunales de Amaxac.
Este convenio entre el gobierno de Veracruz y los invasores de tierras premia el delito, además de mantener impunes a los delincuentes; pero además desconoce convenios anteriores, incluyendo laudos formales de la Procuraduría Agraria en la que se desconoc ía jurídicamente la posesión de al menos dos de los supuestos posesionarios de tierras dentro del territorio otomí, y a quienes ese día el gobierno indemnizaba sus no posesiones certificadas.
El Comité de Derechos Humanos de la Sierra Norte de Veracruz dirigió al Dr. Barquet con copia al Gobernador de Veracruz el siguiente memorándum que nunca obtuvo respuesta: El nuevo convenio firmado la noche del 22 de noviembre, formalmente no altera el proceso seguido hasta el momento. Sin embargo, el acuerdo de indemnizar los excedentes de tierras comprometidos en los convenios si puede tener consecuencias a futuro.
¿Tienen validez los convenios firmados ante gobierno del Estado?
¿Las cosas juzgadas por la Procuraduría Agraria tienen valor? ¿Vale la pena seguir un proceso tan desgastante para ambas partes como lo fue el arbitraje?
¿El incumplimiento de la palabra dada y firmada, la invasión de tierras, las cercas tiradas, las amenazas y las pistolas al aire, son la forma de negociar indemnizaciones?
¿Las personas que están invadiendo tierras y que en el convenio firmado se les conmina a desocuparlas, no seguirán el camino de la resistencia hasta obtener también algún tipo de beneficio económico?
Nos preocupa que esta acción negociada entre el Gobierno del Estado y los representados por la CNC, a pesar de la intención del gobierno de procurar la paz en la región, sea interpretada por muchos como premio de impunidad de unos cuantos.21
La justicia no sólo es inasequible por los términos perentorios cuando estos corresponden al ciudadano y los términos interminables cuando les corresponden a los jueces o ministerios públicos. La justicia en nuestro país es inasequible porque es parcial, falsa e injusta. La justicia es inasequible, porque está subordinada incondicionalmente al poder político y a sus intereses coyunturales. No se puede explicar la no intervención de la Procuraduría General de la República en el caso de Aguas Blancas si no es por intereses políticos; no se puede entender la tardanza de la Suprema Corte de Justicia en la controversia constitucional interpuesta por el gobernador de Tabasco, si no es por una subordinación de este cuerpo colegiado a los intereses políticos del Ejecutivo y del p artido oficial.
Estamos en un país en donde la mayoría de los ciudadanos reconocen la ausencia de un Estado de Derecho. El ciudadano común y corriente vive esta conciencia como temor de tener que llegar a algún ministerio público o a un juzgado. El simple hecho de que cu alquier policía de tránsito invite a un ciudadano a ir a la delegación, es suficiente para que el temor lo lleve a resolver las cosas por la vía del cohecho.
Los ciudadanos que han tenido la necesidad de presentarse ante alguna institución del sistema judicial de nuestro país, sea a demandar justicia o a ser juzgado, además del temor ha tenido la experiencia de la impotencia. La verdad real, difícilmente se re flejará en la verdad jurídica.
Es cierto que la violencia ha aumentado desmedidamente tanto en el campo como en la ciudad. Pero también es cierto que muchos ciudadanos, tanto en el campo como en la ciudad han tenido la experiencia estrictamente personal, o de alguien muy cercano, que h a sido vejado por los cuerpos policiacos. Sea en el metro, o en el retén de la carretera; sea en un asalto directo por agentes policíacos, o por ex-agentes. Pero casi nadie se atreve a presentar denuncia de estos hechos por temor y por la seguridad de la inutilidad de su denuncia. Algunos que han presentado denuncias de los hechos, y se han encontrado a los mismos policías que están denunciando presentes en sus declaraciones, intimidándolos. Pero el gobierno insiste en que lo que hace falta es darle más facultades a la policía y al ministerio público. Desde la experiencia, rechazamos vigorosamente estas propuestas de corte fascista. No lograrán mayor justicia y bienestar para el ciudadano hon esto. Las detenciones de sospechosos, sólo lograrán legalizar los asaltos policiacos, asaltos que hoy son delito. La detención sin orden de aprehensión se usará para violentar más a la oposición política y a los pobres que se defiendan de los caciques, de tenciones que hoy son delito. Los cateos sin orden judicial se usarán para mantener aterrorizada a la población que se atreva a disentir del poder político, cateos que hoy son delito.
Hoy existen las detenciones de sospechosos, las redadas, las detenciones sin orden de aprehensión, los cateos sin orden judicial, los asaltos por policías, la corrupción del sistema de impartición de justicia; pero todos estos hechos son delitos y tenemos el derecho de gritar. Un cambio de ley en el sentido que lo piden el Regente Espinoza y su jefe de policía Garay, sólo vendrá a dejar a la población en un estado de indefensión mayor. El estado de derecho será real: no tener ningún derecho.
NOTAS:
1 Debate público de los candidatos a la Presidencia de la República. 12 de mayo de 1994.
2 Sentencias de la Lic. María del Rosario Arce Castro, en marzo de 1993, en el juzgado mixto de Huayacocotla, Ver. Causa penal 19/1992 y otras del mismo mes.
3 Memorándum del Comité de Derechos Humanos de la Sierra Norte de Veracruz al Lic. Julio Patiño, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz. 9 de Agosto de 1995.
4 Toca No. 2288/95-A, Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz.
5 Proceso. 10 de febrero de 1996.
6 Informe del Centro Coordinador Indigenista de Huayacocotla, 1995, Capítulo Tercero: Políticas de Desarrollo, 3.1. Programas estratégicos.
7 Discurso de Miguel Ángel Yunes, Secretario de Gobierno del Estado de Veracruz, ante dirigentes de Antorcha Campesina, 26 de junio de 1995. Versión estenográfica.
8 El Financiero, 2 de agosto de 1994, primera plana y paginas centrales de investigaciones especiales.
9 Editorial. La Jornada, 1 de marzo de 1996.
10 El Fisgón. La Jornada, 1 de marzo de 1996, pág. 3.
11 Ricardo Alemán Alemán, La Jornada, 1 de marzo de 1996, pág. 2.
12 Luis Xavier Garrido. La Jornada, 1 de marzo de 1996, pág. 21.
13 Jorge A. Villamil Rivas. Uno Mas Uno, 2 de marzo de 1996, pág. 3.
14 Víctor Flores Olea. La Jornada, 1 de marzo de 1996, pág. 15.
15 Concepción Hernández Méndez, Otomíes de Amaxac. Tierra Huidiza. México Indígena. Julio 1991 pág. 30; Amaxac. Cesar Valera, Amaxac, Veracruz. Apenas un Poco. Ojarasca febrero de 1992, pág. 23; Alfredo Zepeda. Amaxa
c. Confesiones de Parte. Ojarasca abril 1992 pág. 33; Colgados de las laderas levantamos la mano. Ojarasca, noviembre 1992, pág. 49; Amaxac, Proceso Abierto. Ojarasca, marzo 1993 pág. 47; El amparo Desprotege. Ojarasca mayo junio 1993, pág. 26; Se paró el
amparo. Ojarasca diciembre 1993 enero 1994, pág. 38; Ramón Vera Herrera.
Amaxac, Veracruz. Ahí también corre aire. Ojarasca abril mayo 1994, pág.
65; Los Oscuros Rincones de un Artículo Constitucional. junio - julio 1994
pág. 19.
16 Ambos son hoy
diputados federales.
17 Hoy
Secretario de Organización del PRI.
18 Memorándum del Comité de Derechos Humanos Sierra
Norte de Veracruz al Lic. Julio Patiño, Presidente del Tribunal Superior
de Justicia del Estado de Veracruz. Causa Penal 80/995 del juzgado mixto
de Huayacocotla, V er.
19
Causas Penales 18/95, 40/95, 42/95 del Juzgado mixto de Huayacocotla,
Ver., Toca 1354/95A, Toca 2287-A/995, Toca 2289-A/995. Tercera Sala del
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz. Por desistimient o
del Procurador de Justicia del Estado, los indígenas Otomís no pudieron
tener acceso a la justicia.
20
Informe del Comité de Derechos Humanos Sierra Norte de Veracruz. 28 de
octubre de 1995.
21 Memorándum
del Comité de Derechos Humanos Sierra Norte de Veracruz al Dr. Barquet. 11
de diciembre de 1995., con Copia al Gobernador del Estado de
Veracruz.
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